Informes y notas temáticas

Covid 19 Economía informal Recursos para trabajadores de plataformas digitales | Informes temáticos de la OMC | Convenio 190 de la OIT | Informes sobre teletrabajo

Covid 19

La Red ILAW se complace en presentar nuestro más reciente informe temático, Luchando por vidas y medios de subsistencia: Los trabajadores, la pandemia y la ley, que incluye un ensayo de Jason Moyer-Lee que analiza cómo los trabajadores lucharon por sus vidas y medios de subsistencia durante la pandemia de COVID-19 utilizando la ley en su beneficio. Se acompaña de 11 estudios de casos específicos de países que detallan las victorias de los trabajadores durante la pandemia.

Economía informal

La Red ILAW se complace en presentar un nuevo informe, Mapping Domestic Work and Employment Discrimination in Africa: A Study of Global and African Regional Human Rights Norms. Este informe examina los marcos jurídicos nacionales, regionales e internacionales que regulan el trabajo doméstico en nueve países: Etiopía, Kenia, Nigeria, Ghana, Sudáfrica, Uganda, Malawi, Mauricio y Lesoto.

La Red ILAW se complace en anunciar la publicación de un nuevo informe, The Informal Economy and the Law in Uganda (La economía informal y la ley en Uganda), cuyo autor es Robinah Kagoye (miembro de ILAW). El informe presenta una nueva investigación sobre el marco legal en Uganda en lo que respecta a los derechos de los trabajadores en la economía informal e identifica posibles estrategias legales para asegurar que todos los trabajadores sean reconocidos y protegidos plenamente en la ley y en la práctica.

Recursos del trabajador de la plataforma digital

  • Taken for a Ride 2: Accelerating Towards Justice (Diciembre 2022)(INGLÉS)(ESPAÑOL)

La Red ILAW se complace en presentar esta actualización de su informe original Taken for a Ride, publicado en marzo de 2021. El ensayo de apertura y análisis de Jason Moyer Lee examina las tendencias en los litigios, pero también los nuevos esfuerzos de legislación y regulación para combatir la clasificación errónea y la explotación de los trabajadores en las plataformas digitales y ofrece recomendaciones sobre cómo crear una legislación centrada en el trabajador en este espacio. Nos gustaría dar las gracias a todos los miembros de la Red ILAW que han contribuido a esta actualización enviando casos, proporcionando resúmenes y análisis para que sea lo más completa posible. La segunda sección es un compendio de las decisiones judiciales clave desde marzo de 2021, y la tercera sección ofrece breves resúmenes sobre las nuevas leyes y reglamentos que existen actualmente centrados específicamente en estos trabajadores. Sabemos que siempre hay nuevos casos, legislación y reglamentos, así que por favor continúe enviando actualizaciones a admin@ilawnetwork.com para que podamos incluirlas en futuras ediciones de este informe. Ahora disponible en inglés y español.

La Red ILAW se complace en presentar este informe, Taken for a Ride: Litigating the Digital Platform Model, que trata de responder a las peticiones de los miembros de la Red ILAW y de otras personas de un análisis comparativo sobre los litigios que se están produciendo en todo el mundo contra plataformas digitales como Uber, Foodora, Deliveroo y muchas otras.

Esta base de datos se centra en los proyectos de ley, la legislación y las decisiones relativas al trabajo en plataformas digitales en América Latina. Esta base de datos recopila proyectos de ley, decisiones administrativas, sentencias judiciales y acuerdos sindicales, de nueve países (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Perú y Uruguay).

Informes temáticos de la OMC

Todos los Estados están obligados por el derecho internacional a erradicar el trabajo forzoso en su propio territorio. Sin embargo, estas obligaciones no exigen que los Estados erradiquen el trabajo forzoso en otros Estados. A lo sumo, los Estados están obligados a cooperar entre sí con este fin. Es posible que, en el futuro, también restrinjan el comercio de servicios prestados con trabajo forzoso. El presente memorándum examina la legalidad de tales medidas con arreglo a la legislación de la OMC. En la sección 1 se examinan las prohibiciones de las importaciones de productos que utilizan trabajo forzoso, analizando en primer lugar las obligaciones del GATT de 1994 que se aplican a dichas medidas y, a continuación, las excepciones a dichas obligaciones. La sección 2 examina las dos cuestiones equivalentes en el marco del Acuerdo AGCS en relación con las restricciones a los servicios de trabajo forzoso.

Este memorándum explica que, según la legislación actual de la OMC, los derechos laborales fundamentales de la OIT ya deberían estar protegidos por las cláusulas de "moral pública" del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) y del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) de la OMC. Para aportar seguridad jurídica, el memorándum pide que se adopte una interpretación autorizada. De este modo, la OMC podría proteger de forma afirmativa los derechos laborales fundamentales sin necesidad de nuevos instrumentos o de modificar los existentes. Además, una interpretación autorizada no requiere consenso, lo que evita el veto de un Estado miembro.


Convenio 190 de la OIT

Tras una sostenida campaña de sindicalistas y feministas, el Gobierno nigeriano ratificó el Convenio 190 de la OIT sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo (C190) el 8 de noviembre de 2022. La ratificación del C190 representa una oportunidad crucial para reformar las leyes y políticas en Nigeria con el fin de abordar la violencia y el acoso por razón de género (VG) y otras formas de violencia y abuso en el trabajo, y presenta mayores oportunidades para buscar justicia en virtud de la legislación vigente. El informe esboza el marco jurídico actual en Nigeria en materia de violencia y acoso en el trabajo; examina las disposiciones clave del C190 y cómo modificar las leyes para hacer plenamente efectivas estas protecciones; e identifica oportunidades para que los profesionales del derecho utilicen las leyes y mecanismos existentes para garantizar que todos los trabajadores de Nigeria disfruten del derecho fundamental a no sufrir violencia de género y otras formas de violencia y acoso en el mundo laboral.


Informes de teletrabajo

La Red ILAW, en colaboración con el proyecto "Toma Partido" de la Fundación Friedrich Ebert (FES), analiza los marcos legales existentes sobre el teletrabajo en América Latina, ya sean adoptados antes o durante la pandemia. El proyecto consta de un informe regional y diez informes nacionales sobre Uruguay, Perú, Panamá, México, Ecuador, Costa Rica, Colombia y Brasil. Cada informe cubre el impacto del uso de las leyes y marcos del teletrabajo y concluye con un capítulo de recomendaciones normativas que deben tomar las organizaciones sindicales y los abogados laboralistas. Esperamos que estas publicaciones sean un aporte útil para evitar las prácticas de teletrabajo que profundizan la precariedad laboral.

  • Europa y Asia Central (diciembre de 2022)

La Red ILAW ha emprendido una serie de investigaciones sobre el teletrabajo en Europa y Asia Central. Los informes nacionales que examinan la regulación del teletrabajo en Moldavia, Poloniay Ucrania examinan el impacto del teletrabajo en una serie de cuestiones relacionadas con los derechos de los trabajadores, incluyendo las horas de trabajo y el derecho a la desconexión, el acceso a las protecciones de salud y seguridad, la discriminación, la clasificación errónea de los trabajadores, la privacidad y el derecho a la negociación colectiva. Esperamos que estas publicaciones sean una contribución útil para evitar las prácticas de teletrabajo que ahondan en la precariedad laboral.

  • África subsahariana

La Red ILAW se complace en publicar informes sobre la regulación del teletrabajo en Mauricio y Sudáfrica. Los informes examinan el impacto del teletrabajo en una serie de temas relacionados con los derechos de los trabajadores, incluyendo la regulación del trabajo atípico, el acceso a medidas de salud y seguridad, las horas de trabajo y el derecho a la desconexión, la protección contra la discriminación, la privacidad y el derecho a la negociación colectiva.

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